Puerto Plata, RD. 28/07/2023
La conferencia magistral sobre la nueva Ley de Casación, fue celebrada el pasado jueves 27 de julio de 2023, en el auditorio de Utesa Puerto Plata, desde la seis de la tarde, cuya ponencia estuvo a cargo del Dr. José Alberto Cruceta, ex Juez de la Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana.
En la actividad académica, organizada en conjunto por Utesa Puerto Plata, Instituto Dominicano de Derecho Procesal, y la Corte de Apelación de Puerto Plata, se dieron cita jueces tanto del Distrito Judicial de Puerto Plata, como del Departamento Judicial de Puerto Plata, así como miembros del Ministerio Público, abogados y estudiantes de derecho.
La conferencia inició con la intervención de la magistrada Miguelina Beard, Juez de la Corte de Apelación de Puerto Plata, quien manifestó palabras de bienvenidas para todos los presentes.
La magistrada Beard, además realizó una semblanza sobre el ponente Dr. José Alberto Cruceta, ex Juez de la Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana.
Sin más preámbulos, el conferencista tomó el podium e inmediatamente comenzó a dar cátedra, quien aseguró que: “el recurso de casación no es un recurso jurisdiccional”, hablando de la visión clásica de la casación.
También, se refirió a la novedad que implica la institución de el interés casaciónal, el cual es una figura propia del derecho Español.
El destacado jurista agregó qué a la luz de la Ley de Casación, número 02 – 23, el Interés casaciónal conlleva tres requisitos:
a) En la sentencia se haya resuelto en oposición a la doctrina jurisprudencial de la Corte de Casación b) En la sentencia se resuelva acerca de puntos y cuestiones sobre las cuales exista jurisprudencia contradictoria entre los tribunales de segundo grado o entre salas de la Corte de Casación; y c) Las sentencias que apliquen normas jurídicas sobre las cuales no exista doctrina
jurisprudencial de la Corte de Casación, y esta última justifique la trascendencia de iniciar a crear tal doctrina.
También argumentó que, si la sentencia a recurrir es anterior a la Ley 02-23, no hay que demostrar el interés casacional. ART. 92.
Entre otras novedades, dijo que no hay audiencia, ni dictamen del Ministerio Público, salvo excepciones, y que la Corte de Casación puede hacer mérito de la litis
Pasada la ponencia del excelso jurista, la magistrada Xiomara Tineo, Juez de la Corte de Apelación de Puerto Plata, presentó la obra “Los fallos más relevante de la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia (2012-2018)” auditoría de Dr. José Alberto Cruceta.
El abogado Luis Henríquez Canela, dirigió las palabras de clausura. La conferencia magistral concluyó a las 7 y 30 de la noche.