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Cuántos días laborables de vacaciones le corresponde al trabajador por ley

Al trabajador le corresponde 14 días laborables de vacaciones con disfrute del salario, cuando tiene de 1 a 5 años.

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Si planificamos, un año por adelantado, los días de vacaciones que le corresponde al personal resulta muy importante para todo tipo de institución o empresa.

Cuando agendamos un año debemos manejar bien el recurso más importante, que es el humano es por ello que el gerente debe conocer cuántos días laborables de vacaciones le corresponde a cada uno de sus colaboradores.

Al mismo tiempo, el empleado debe saber cuántos días laborables de vacaciones le corresponden por ley.

Recordemos que, las vacaciones son los días de descanso que una persona que trabaja se toma de sus actividades cotidianas. Excluyendo, los días feriados, como navidad o fechas patrias.

Asimismo, tenemos presente que las vacaciones es un derecho adquirido, del trabajador, con disfrute del salario, es decir que, los empleadores tienen la obligación de concederla.

El Código de Trabajo de la República Dominicana, Ley 16-92, dedica un título a las vacaciones y en su artículo 177, (modificado por la Ley Nº 97-97, de fecha 30 del mes de mayo del año 1997, G.O. 9955 del 31 de mayo de 1997), rige la cantidad de días de vacaciones que hay conceder a cada trabajador privado.

Si eres trabajador privado, y tiene una antigüedad continua , en la empresa, no menor de un año ni mayor de cinco, el empleador tiene la obligación de concederte un período de vacaciones de catorce (14) días laborables con disfrute de salario.

Pero, si dicha antigüedad es mayor de cinco años, entonces le corresponde 18 días de vacaciones.

En tanto que, los servidores públicos de la administración del Estado tienen derecho, después de un trabajo continuo de un (1) año, al disfrute de vacaciones anuales remuneradas.

El artículo 53, de la Ley 41-08 de Función Pública, establece la escala de los días de vacaciones de acuerdo a la antigüedad del trabajador público.

Los servidores públicos de la administración del Estado tienen derecho a 15 días laborables de vacaciones, si tienen un mínimo de 1 año y hasta un máximo de 5 años.

El trabajador público que tenga más de 5 años y hasta 10 años,días laborables de vacaciones tiene derecho a 20 días laborables de vacaciones. Del mismo modo, 25 días laborables de vacaciones para un período comprendido mayor de 10 años y hasta 15 años; y 30 días laborables de vacaciones cuando el servidor público tiene más de 15 años trabajando.




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Acerca del autor

Miguel Peralta

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