La denegación afecta el debido proceso, obstaculizando el acceso a la justicia, transgrediendo la presunción de inocencia, impidiendo el derecho a un juicio previo a cumplir la condena en las condiciones de publicidad, oralidad y contradictoriedad, en plena igualdad y con respeto al derecho de defensa, TC/193/20.
Precisar si el rechazo de solicitud de renovación de una licencia de conducir vehículos de motor está supeditada al cumplimiento del pago de multas sustentadas en actas de infracciones instrumentadas por agentes de la Dirección General de Seguridad, Transporte y Tránsito Terrestre (DIGESETT), sin intervenir decisión judicial, puede resultar determinante para que dicho documento no le sea renovado a ciudadanos ciudadano afectados con la actuación de dichos agentes, y si la negativa a librar tal renovación entraña violación de derechos y garantías fundamentales, tales inquietudes fueron despejada por el TCD.
El Tribunal Constitucional dominicano, “ha establecido en reiteradas decisiones que la negativa de emitir una certificación de no antecedentes penales sin la existencia de sentencia condenatoria se traduce en una condena anticipada (TC/0027/13, TC/0391/14, TC/0213/17). Siguiendo este razonamiento, en el mismo sentido habrá de concluirse que la negativa a la renovación de la licencia de conducir sin la existencia de una sentencia condenatoria se traduce también en una condena anticipada” TC/193/20.
El Tribunal Constitucional Dominicano, argumenta que “es claramente asimilable ese criterio, puesto que se sanciona con la imposibilidad de renovación de la licencia y se conmina al pago de las multas por infracciones de tránsito sin juicio previo. Con ello se vulnera la tutela judicial efectiva al imponerse una sanción por parte de la autoridad policial y obligar al ciudadano a cumplirla sin que haya pasado por el matiz de una autoridad judicial.
La negativa a la renovación de la licencia de conducir sin que las autoridades de tránsito observen el debido proceso y sin que intervenga una decisión judicial condenatoria, afecta la tutela judicial efectiva con respecto al debido proceso, comprometiendo la presunción de inocencia, el derecho a un juicio previo y, además, el derecho de defensa.
“En la actualidad la protección a los derechos y garantías fundamentales, referentes a la tutela judicial efectiva y al debido proceso, deben ser salvaguardadas, incluso en los procesos sancionadores administrativos y disciplinarios”.